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Vencimientos DIAN febrero 2026: vencimientos clave feb–mar (sin sanciones)

Calendario DIAN 2026: vencimientos clave de febrero–marzo (y cómo no pagar sanciones)

Vencimientos DIAN febrero 2026: Si febrero y marzo te agarran con el cierre “a medias”, la DIAN no perdona: se acumulan tareas (renta cuota, retención, IVA bimestral, RUB, plásticos, gasolina/ACPM) y cualquier desorden termina en extemporaneidad, intereses y correcciones innecesarias. En esta guía te dejamos los vencimientos DIAN 2026 más importantes de febrero–marzo, con una tabla operativa (AEO) para que sepas qué vence, a quién aplica, cuándo y qué soportes debes tener listos.

Fuente oficial: Calendario Tributario DIAN 2026 (PDF).

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Qué cubre este artículo (y qué no)

Este contenido se enfoca en los vencimientos DIAN febrero 2026 y en la parte práctica: soportes, cierres, conciliaciones y errores típicos que disparan sanciones.

Si necesitas el panorama completo del año (planeación general), te recomendamos complementar con: Planeación tributaria 2026 Colombia. Aquí nos quedamos en el “tramo operativo” feb–mar para que no se te pase nada.

Calendario DIAN 2026 con vencimientos de febrero y marzo

Cómo leer los vencimientos DIAN (la regla del último dígito del NIT)

La DIAN asigna muchos plazos según el último dígito del NIT (sin incluir el dígito de verificación). Por eso, dos empresas pueden tener la misma obligación, pero vencer en días distintos. En febrero–marzo 2026 verás ventanas típicas como 10–23 o 10–24.

  • Paso 1: identifica tu último dígito del NIT (sin el DV).
  • Paso 2: cruza ese dígito con la obligación (retención, IVA bimestral, etc.).
  • Paso 3: bloquea el “día límite” como fecha interna (y deja 2–3 días hábiles de colchón para soportes y validaciones).

Vencimientos clave de febrero 2026 (lo que más se vence)

En febrero se combinan obligaciones mensuales con hitos puntuales (RUB, plásticos, gasolina/ACPM) y, para algunas organizaciones, pagos asociados a renta. Según el portal de Contribuyentes Plus de la DIAN, en febrero 2026 destacan estas obligaciones: DIAN – Calendario de obligaciones.

1) Retención en la fuente (enero 2026): del 10 al 23 de febrero

Si eres agente de retención y/o autorretenedor, debes presentar y pagar la retención del mes de enero 2026 en la ventana 10 al 23 de febrero de 2026 (por último dígito del NIT). Fuente: DIAN – Vencimientos febrero 2026.

2) Renta año gravable 2025 (1.ª cuota): del 10 al 23 de febrero

Para quienes deban pagar la primera cuota del impuesto de renta y complementario del año gravable 2025, el plazo va del 10 al 23 de febrero de 2026 (por NIT). Fuente: DIAN – Calendario de obligaciones.

3) RUB: actualización hasta el 2 de febrero

La actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) aparece con fecha límite 2 de febrero de 2026 en el calendario de obligaciones. Si tu organización está obligada, es una tarea que conviene “cerrar” antes de que arranque la ventana fuerte de retención. Fuente: DIAN – Calendario de obligaciones.

4) Impuesto a productos plásticos de un solo uso: hasta el 13 de febrero

El Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un solo uso (usados para envasar, embalar o empacar bienes) se presenta y paga hasta el 13 de febrero de 2026 (independiente del NIT, según el calendario de obligaciones). Fuente: DIAN – Calendario de obligaciones.

5) Gasolina y ACPM (enero 2026): hasta el 13 de febrero

La declaración mensual y pago del impuesto nacional a la gasolina y ACPM correspondiente a enero 2026 vence el 13 de febrero de 2026 (plazo único, no depende del NIT). Fuente: DIAN – Calendario de obligaciones.

Si tu operación combina facturación electrónica, nómina electrónica, bancos y ERP, una buena práctica es definir un “cierre tributario” que dependa de tu cierre contable. Puedes ver un enfoque útil aquí: Integración outsourcing contable + FE + nómina + bancos + ERP.

Vencimientos clave de marzo 2026 (lo que más se pasa por alto)

Marzo suele ser el mes donde “se siente” el bimestre: aparece el IVA bimestral enero–febrero y, a la par, sigue la retención mensual. El Calendario Tributario DIAN 2026 muestra estas ventanas:

1) IVA bimestral enero–febrero 2026: del 10 al 24 de marzo (por NIT)

Si eres responsable de IVA bimestral, el bimestre enero–febrero 2026 se declara y paga en marzo, con vencimientos del 10 al 24 según el último dígito del NIT. Fuente: DIAN – Calendario Tributario 2026 (IVA bimestral).

2) Retención en la fuente (febrero 2026): del 10 al 24 de marzo (por NIT)

La retención de febrero 2026 se declara y paga en marzo, con vencimientos del 10 al 24 por último dígito del NIT. Fuente: DIAN – Calendario Tributario 2026 (retención).

3) IVA de prestadores de servicios desde el exterior (enero–febrero): hasta el 13 de marzo

Para prestadores de servicios desde el exterior obligados a IVA, el bimestre enero–febrero 2026 tiene fecha límite 13 de marzo de 2026 (plazo tipo “hasta el día”, no por NIT). Fuente: DIAN – Calendario Tributario 2026 (IVA exterior).

Tabla maestra: obligación → quién aplica → fecha → soporte → sanción común

Esta es la tabla “de batalla”. Úsala como checklist: si no tienes el soporte en la mano, la obligación no está lista (aunque “creas” que sí). Las fechas provienen del Calendario de obligaciones DIAN y del Calendario Tributario DIAN 2026 (PDF).

Obligación¿Quién aplica?Fecha / ventanaSoportes mínimos (operativos)Sanción común si falla
Retención en la fuente (enero 2026)Agentes de retención y/o autorretenedores10–23 feb 2026 (por NIT)
Referencia DIAN (febrero 2026).
Auxiliares contables y conciliación (ventas/compras/gastos). Detalle de retenciones practicadas por concepto y tercero. Soportes de pago / causación (facturas, cuentas de cobro, nómina si aplica). Revisión de bases, tarifas y topes (según caso).Extemporaneidad (si presentas tarde) o no declarar (si omites), además de intereses por pago tardío.
Guía normativa: Estatuto Tributario (arts. 641 y 643).
Renta (año gravable 2025) – 1.ª cuotaContribuyentes obligados a pagar cuota de renta (según calendario DIAN)10–23 feb 2026 (por NIT)
Referencia DIAN (febrero 2026).
Proyección de impuesto / provisión (cierre 2025). Conciliación fiscal vs contable (si aplica). Soportes de bases: ingresos, costos, deducciones, retenciones. Flujo de caja para pago y autorización interna.Intereses por mora y contingencias por incumplimiento de plazos.
RUB – actualizaciónObligados al Registro Único de Beneficiarios FinalesHasta 2 feb 2026
Referencia DIAN (febrero 2026).
Estructura societaria actualizada (actas, reformas, libro de socios/acciones). Identificación y datos de beneficiarios finales según reglas aplicables. Soporte de cambios (si hubo) y control de versiones.Riesgo de requerimientos y sanciones asociadas a incumplimientos formales (según marco aplicable).
Impuesto a productos plásticos de un solo usoResponsables del impuesto (según operación: envases/embalajes/empaques gravados)Hasta 13 feb 2026 (plazo único)Inventarios y movimientos de productos gravados. Soportes de compras/ventas y clasificación correcta. Liquidación interna y revisión de parametrización.Extemporaneidad / intereses por pago tardío.
Gasolina y ACPM (enero 2026)Responsables del impuesto nacional a gasolina y ACPMHasta 13 feb 2026 (plazo único)Registros del período (volúmenes/operación según aplique). Conciliación con contabilidad y facturación. Soportes de pago/autorizaciones internas.Intereses por mora y contingencias por pago tardío.
IVA bimestral (ene–feb 2026)Responsables de IVA con periodicidad bimestral10–24 mar 2026 (por NIT)
Ventana DIAN en calendario 2026.
Conciliación de IVA: ventas (devengado) vs FE, compras vs soporte. Revisión de impuestos descontables y requisitos de soporte. Conciliación bancos/ERP para pagos y notas crédito/débito. Soportes de ajustes (devoluciones, anulaciones, descuentos).Extemporaneidad / no declarar + intereses por mora. Riesgo de correcciones por inexactitudes si faltan soportes.
Retención en la fuente (febrero 2026)Agentes de retención y/o autorretenedores10–24 mar 2026 (por NIT)
Ventana DIAN en calendario 2026.
Auxiliares y conciliación (cuentas por pagar/por cobrar). Detalle por tercero y concepto (bases + tarifas). Soportes: facturas, notas, contratos/órdenes, nómina si aplica. Validación de retenciones practicadas vs pagos reales.Extemporaneidad / no declarar + intereses por pago tardío.
IVA prestadores de servicios desde el exterior (ene–feb 2026)Prestadores de servicios desde el exterior obligados a IVA (según reglas aplicables)Hasta 13 mar 2026
Fecha “hasta el día” en calendario 2026.
Detalle de ingresos del bimestre y base gravable. Soporte de operación/contratación y trazabilidad de cobros. Revisión de tipo de servicio y tratamiento aplicable.Extemporaneidad / no declarar + intereses por mora.

Nota práctica: si quieres convertir la tabla en “plan de trabajo”, lo ideal es asignar responsable, fecha interna (antes del vencimiento DIAN) y evidencia de control (archivo/acto/conciliación). Eso reduce reprocesos y apagafuegos.

Mapa de fechas rápido (por NIT): lo esencial de feb–mar 2026

A continuación tienes un “mapa express” de los vencimientos por último dígito del NIT para las obligaciones más frecuentes del período, basado en el calendario DIAN 2026: PDF oficial.

ObligaciónNIT termina en…Vence en…
Retención (febrero 2026) – declaración y pago mensual1 / 2 / 3 / 4 / 5 / 6 / 7 / 8 / 9 / 0Marzo 2026: 10 / 11 / 12 / 13 / 16 / 17 / 18 / 19 / 20 / 24
IVA bimestral (ene–feb 2026) – declaración y pago1 / 2 / 3 / 4 / 5 / 6 / 7 / 8 / 9 / 0Marzo 2026: 10 / 11 / 12 / 13 / 16 / 17 / 18 / 19 / 20 / 24

Y para febrero (retención de enero y otras obligaciones del mes), revisa el detalle publicado por DIAN en: Calendario de obligaciones – Vencimientos febrero 2026.

Sanciones típicas por incumplir (lo que más golpea el bolsillo)

Aquí no se trata de asustar: se trata de entender el riesgo para organizar la operación. Cuando se incumple un vencimiento, el patrón suele ser: presentación tardía, pago tardío o declaración sin soportes (que luego obliga a corregir).

  • Sanción por extemporaneidad: ocurre cuando presentas la declaración fuera del plazo. (Referencia normativa: Estatuto Tributario, art. 641).
  • Sanción por no declarar: cuando la obligación existe y no se presenta. (Referencia normativa: Estatuto Tributario, art. 643).
  • Intereses moratorios: aplican por pagos fuera de fecha. Aquí el punto clave es flujo de caja + control de fechas.
  • Inexactitud / correcciones: cuando se declara “a ojo” y luego aparecen diferencias por soportes incompletos (por ejemplo, IVA descontable sin requisitos o retenciones mal calculadas).

Consejo práctico: el costo real del incumplimiento no siempre es solo la sanción; también es el tiempo en correcciones, conciliaciones tardías y el desgaste de equipos (contabilidad, tesorería, administrativo). Por eso, un “calendario operativo” con evidencias es tan valioso.

Ruta “cero reprocesos” para cumplir con los vencimientos DIAN febrero 2026

La mejor forma de evitar sanciones no es “correr más”, sino reducir fricción: que la información fluya en el orden correcto y que los soportes estén listos antes del día límite. Una ruta operativa simple (y muy realista) se ve así:

  1. Semana 1: cierre contable preliminar (ventas, compras, nómina, bancos).
  2. Semana 2: conciliaciones clave (FE vs contabilidad; bancos vs contabilidad; cuentas por pagar/cobrar).
  3. Semana 3: armado tributario (retención e IVA) + revisión de soportes.
  4. Semana 4: presentación, pago y archivo de evidencias (con control de versiones).

Si tu empresa está creciendo (pyme o startup), este orden evita que el área financiera viva en “modo incendio”. Y si además tienes nómina electrónica y facturación electrónica, vale la pena alinear el ciclo para que el cierre sea repetible mes a mes. Puedes apoyarte en: Outsourcing contable y Outsourcing de nómina.

Checklist operativo semanal (feb–mar)

Úsalo como guía. Ajusta responsables según tu estructura (contador líder, tesorería, RR. HH., administración, revisoría fiscal si aplica).

Semana 1: cierre preliminar

  • Descargar reportes de facturación electrónica y validar anulaciones/notas.
  • Actualizar cartera y cuentas por pagar (cortes y soportes).
  • Nómina: validar novedades, incapacidades, planilla y soportes de liquidación.
  • Bancos: movimientos del mes, comisiones, retenciones, soportes de transferencias.

Semana 2: conciliaciones y consistencia

  • Conciliación FE vs contabilidad (ventas por tercero, IVA generado, notas).
  • Conciliación compras vs cuentas por pagar (IVA descontable con soporte válido).
  • Conciliación bancaria (ingresos/egresos, partidas pendientes justificadas).
  • Revisión de cuentas de impuestos: retenciones, IVA, anticipos, saldos a favor.

Semana 3: armado tributario (retención e IVA)

  • Retención: bases por concepto, tarifas, topes y cruce con pagos reales.
  • IVA bimestral (marzo): cruce de base gravable e IVA (ventas/compras).
  • Revisión de ajustes: devoluciones, descuentos, notas crédito/débito.
  • Validación interna (segunda mirada): alguien distinto al que armó revisa.

Semana 4: presentación, pago y evidencia

  • Confirmar vencimiento por NIT y asegurar que el pago sea oportuno.
  • Archivo de evidencias: formularios, recibos, soportes y conciliaciones.
  • Control de cambios: si hubo ajuste, dejar trazabilidad (qué cambió y por qué).
  • Lecciones del mes: 3 mejoras para reducir reproceso el siguiente ciclo.

Errores típicos que disparan sanciones (y cómo prevenirlos)

En pymes y startups, los “errores” rara vez son por desconocimiento; casi siempre son por operación: soportes que llegan tarde, conciliaciones que se dejan para el final, o sistemas que no conversan entre sí.

  • Conciliar al final: cuando esperas al último día para cuadrar FE vs contabilidad, terminas declarando con incertidumbre. Prevención: conciliación semanal (aunque sea rápida) y cierre preliminar en Semana 1.
  • IVA descontable sin requisitos completos: “suena bien” en números, pero luego toca corregir. Prevención: checklist de soporte por tipo de compra y control documental desde Semana 2.
  • Retenciones mal calculadas por pagos parciales: si no cruzas el pago real, se descuadra la base. Prevención: cruce cuentas por pagar + bancos + concepto de retención.
  • Desalineación contable–tributaria: el cierre contable no alcanza a soportar la declaración. Prevención: que el “cierre tributario” dependa del cierre contable (no al revés).

Si quieres un listado más amplio de fallas frecuentes en pymes (y cómo ordenarlas), mira: Errores contables comunes en pymes en Colombia.

Cómo IKA Services te monta un calendario operativo (con recordatorios y cierres mensuales)

El objetivo no es solo “cumplir” con DIAN; es que el área financiera tenga un ritmo estable, con indicadores y control. En IKA Services ayudamos a pymes y startups a convertir el calendario tributario en un calendario operativo con:

  • Fechas internas (antes del vencimiento DIAN) para soportes, conciliaciones y revisión.
  • Responsables claros (contabilidad, tesorería, RR. HH., administración).
  • Evidencias (qué archivo prueba que el paso se hizo).
  • Recordatorios y seguimiento (sin depender de “memoria institucional”).
  • Cierres mensuales (T+5/T+7 según tu operación) para decisiones gerenciales más oportunas.

¿Te armamos el calendario operativo de feb–mar 2026 y lo dejamos listo para el resto del año?

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Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuáles son los vencimientos DIAN de febrero 2026 más importantes para empresas?

Según la DIAN, en febrero 2026 destacan: retención en la fuente (enero) del 10 al 23, primera cuota de renta (AG 2025) del 10 al 23, productos plásticos hasta el 13, gasolina/ACPM hasta el 13 y actualización RUB hasta el 2. Fuente: DIAN – Calendario de obligaciones (febrero 2026).

¿Cuándo vence la retención en la fuente de febrero 2026?

En el calendario DIAN 2026, la retención de febrero 2026 vence en marzo con fechas del 10 al 24 según el último dígito del NIT. Fuente: DIAN – Calendario Tributario 2026.

¿Cuándo vence el IVA bimestral enero–febrero 2026?

El IVA bimestral del bimestre enero–febrero 2026 se declara y paga en marzo, del 10 al 24 según el último dígito del NIT. Fuente: DIAN – Calendario Tributario 2026.

¿Qué soportes debería tener listos antes de declarar retención e IVA?

Como mínimo: conciliación de facturación electrónica vs contabilidad, conciliación bancaria, detalle por tercero (bases y tarifas en retención), soporte de compras para IVA descontable, y trazabilidad de notas crédito/débito. La idea es que el soporte exista antes del día límite, no después.

¿Cómo armo un calendario operativo para no depender de “apagar incendios”?

Define fechas internas (2–3 días hábiles antes del vencimiento DIAN), asigna responsables, exige evidencias por paso (conciliaciones, reportes, validaciones) y repite el ciclo cada mes. Si necesitas apoyo para montarlo con cierres T+5/T+7 y control documental, podemos ayudarte. Contáctanos aquí.

¿Dónde confirmo las fechas oficiales de febrero–marzo 2026?

En el Calendario Tributario DIAN 2026 (PDF) y en el detalle de Calendario de obligaciones DIAN.

Último recordatorio (amable, pero serio): si tu equipo está cerrando el mes con retrasos, febrero–marzo se siente más pesado. La solución no es “hacer magia”; es tener un calendario operativo con cierres y evidencias.

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